Derecho Civil

Reclamos de terceros por daño material y lesiones

¿Qué es un reclamo de terceros por accidente de tránsito?

Suele denominarse reclamo de terceros al trámite administrativo que debe llevar adelante la persona damnificada para requerirle a la aseguradora del vehículo responsable la correspondiente indemnización por los daños que ha padecido a causa del mismo.

¿Qué plazo tiene el damnificado para iniciar el reclamo?

El damnificado podrá iniciar el reclamo hasta los tres años de transcurrido el siniestro. Luego de transcurrido dicho plazo sin haberlo iniciado, pierde el derecho a reclamar.
Sin perjuicio de ello, el plazo podría ampliarse o variar en ciertos casos excepcionales, por lo que se recomienda asesorarse con un abogado para tener un análisis más claro y detallado sobre su situación puntual.

¿Qué debo hacer si una vez iniciado el reclamo la compañía no me brinda una contestación o me ofrece un valor menor al del arreglo del vehículo dañado?

En estos casos, al damnificado se le recomienda que busque asesoramiento de un abogado para que pueda orientar y colaborar al mismo para obtener la suma correspondiente al arreglo, y las lesiones si hubiere.

¿Qué pasa si luego del siniestro, el asegurado al cual le reclamo aún no realizó la denuncia administrativa en su seguro, o sí la hizo pero narrando una versión distinta y falsa modificando los detalles del choque?

En el caso de que el asegurado no realizare la denuncia en su seguro, se recomienda al damnificado que se asesore con un abogado para que el mismo le indique como actuar, ya sea intimando mediante carta documento al mismo para que realice la denuncia, iniciando una mediación o de la manera que el profesional crea más conveniente para dicho caso en particular.
Si el asegurado sí realizo la denuncia pero narrando hechos falsos y distintos a los reales, se recomienda al damnificado a también recurrir a un abogado que lo asesore para analizar la situación y tomar la mejor medida para continuar con el reclamo.

Documentación que suelen requerirnos las aseguradoras para iniciar el reclamo de terceros

  • DNI.
  • Licencia de conducir.
  • Cedula Verde o título automotor.
  • Certificado de cobertura.
  • En caso de reclamar el pago de la franquicia, deberá presentar la Carta de Franquicia otorgada por su seguro en donde la compañía indicará el monto de la misma.
  • Denuncia administrativa
  • Presupuesto con el valor del arreglo del vehículo damnificado
  • En caso de tener lesiones: constancias médicas, certificados médicos, constancias de atención por guardia, historia clínica, según correspondiere.
  • Fotografías donde se visualicen los daños materiales sufridos por su vehículo, y de las lesiones.
  • De existir causa penal, datos de la misma.

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