Los profesionales especializados en derecho penal del equipo de trabajo de Spoltore Maurin son abogados formados en la Universidad de Buenos Aires y se desempeñan litigando en los tribunales de la zona norte y noroeste del Gran Buenos Aires.
CAUSA PENAL EN MALVINAS ARGENTINAS
El partido de Malvinas Argentinas forma parte del Departamento Judicial de San Martín.
Las fiscalías descentralizadas de Malvinas Argentinas se encuentran ubicadas en la calle Comodoro Rivadavia Nº 115, Los Polvorines. A metros de la Av. Illia (Ruta 8) y del denominado «Polo Sanitario».
Además de la mesa de entradas donde se brinda información general y se recepcionan denuncias, se encuentran las oficinas de las 5 Unidades Fiscales:
Oficinas de las 5 Unidades Fiscales:
- UFI N° 18– Malvinas Argentinas (Fiscales Dres. Hermelo y Mallo)
- UFI N° 19-Malvinas Argentinas (Fiscales Dra. Sanchez y Dr. Weigel Muñoz)
- UFI N° 20-Malvinas Argentinas (Fiscales Dr. Carracedo y Dra. Camiñas)
- UFI N° 21-Malvinas Argentinas (Fiscales Dras. Carpovich y Marino)
- UFI N° 22-Malvinas Argentinas (Fiscales Dr. Viscovich y Dra. Reguan)
- UFI N°23– Malvinas Argentinas (Fiscales Dra. Bazzani Gonzalez y Dr. Moccia)
- UFI Nº 25 – Malvinas Argentinas (Fiscal Dra. Tricarico)
En el mismo edificio existe un pequeño anexo que funciona como alcaidia provisoria adonde son alojadas las personas que se encuentran detenidas y son trasladadas a la sede de la fiscalía por algún acto de la causa como puede ser una declaración indagatoria o una rueda de reconocimiento.
¿QUIEN CONTROLA LAS DECISIONES DE LAS FISCALÍAS DE MALVINAS ARGENTINAS?
Cada Fiscalía depende de la Fiscalía General de San Martín. Frente a la decisión de, por ejemplo, archivar una causa, puede la víctima o denunciante solicitar al Sr. Fiscal General que revise esa decisión y que eventualmente la revierta.
Los Juzgados de Garantías que intervienen en las causas llevadas adelante por las Fiscalías de Malvinas Argentinas son los de San Martín. Dichos magistrados son quienes disponen la detención o la libertad de una persona y frente a quienes debemos requerir las medidas que están fuera del alcance de la fiscalía.
¿QUÉ ES LA DECLARACIÓN INDAGATORIA?
Es el primer acto de defensa que tiene el imputado. Cuando hubiera sospechas fundadas acerca de la participación de una persona en la comisión de un delito, se lo convoca para informarle el hecho por el cual se lo imputa y las pruebas en su contra. La persona indagada puede declarar o guardar silencio, sin que esto implique ninguna presunción en su contra.
¿ES OBLIGATORIO TENER ABOGADO DEFENSOR?
Sí. La persona que es llamada a prestar declaración indagatoria debe estar asistida en el acto por su defensa técnica. Puede designar un abogado de su confianza; si no lo hace se designará de oficio un Defensor Público provisto por el Ministerio Público de la Defensa. El servicio es gratuito, pero si cuenta con medios suficientes al momento de la sentencia, deberá abonar el servicio de defensa sólo si resulta condenado.
¿QUÉ ES UNA EXCARCELACIÓN?
La excarcelación es la concesión de la libertad a una persona que se encuentra detenida en el marco de un proceso penal. La solicita la defensa de acuerdo a cada caso particular y en caso de ser denegada se puede apelar.